Código Civil

  • Artículo 1

    La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2

    La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 3

    Sólo toca al legislador explicar o interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio. Las sentencias judiciales no tienen fuerza

    Leer artículo completo →

  • Artículo 4

    Las disposiciones contenidas en los Códigos de Comercio, de Minería, del Ejército y Armada, y demás especiales, se aplicarán con

    Leer artículo completo →

  • Artículo 5

    La Corte Suprema de Justicia y las Cortes de Alzada, en el mes de marzo de cada año, darán cuenta

    Leer artículo completo →

  • Artículo 6

    La ley no obliga sino una vez promulgada en conformidad a la Constitución Política del Estado y publicada de acuerdo

    Leer artículo completo →

  • Artículo 7

    La publicación de la ley se hará mediante su inserción en el Diario Oficial, y desde la fecha de éste

    Leer artículo completo →

  • Artículo 8

    Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia. 3. Efectos de la ley

    Leer artículo completo →

  • Artículo 9

    La ley puede sólo disponer para lo futuro, y no tendrá jamás efecto retroactivo. Sin embargo, las leyes que se

    Leer artículo completo →

  • Artículo 10

    Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor; salvo en cuanto designe expresamente otro efecto que

    Leer artículo completo →

  • Artículo 11

    Cuando la ley declara nulo algún acto, con el fin expreso o tácito de precaver un fraude, o de proveer

    Leer artículo completo →

  • Artículo 12

    Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que

    Leer artículo completo →

  • Artículo 13

    Las disposiciones de una ley, relativas a cosas o negocios particulares, prevalecerán sobre las disposiciones generales de la misma ley,

    Leer artículo completo →

  • Artículo 14

    La ley es obligatoria para todos los habitantes de la República, inclusos los extranjeros.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 15

    A las leyes patrias que reglan las obligaciones y derechos civiles, permanecerán sujetos los chilenos, no obstante su residencia o

    Leer artículo completo →

  • Artículo 16

    Los bienes situados en Chile están sujetos a las leyes chilenas, aunque sus dueños sean extranjeros y no residan en

    Leer artículo completo →

  • Artículo 17

    La forma de los instrumentos públicos se determina por la ley del país en que hayan sido otorgados. Su autenticidad

    Leer artículo completo →

  • Artículo 18

    En los casos en que las leyes chilenas exigieren instrumentos públicos para pruebas que han de rendirse y producir efecto

    Leer artículo completo →

  • Artículo 19

    Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 20

    Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas

    Leer artículo completo →

  • Artículo 21

    Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la

    Leer artículo completo →

  • Artículo 22

    El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya

    Leer artículo completo →

  • Artículo 23

    Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión

    Leer artículo completo →

  • Artículo 24

    En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes obscuros o contradictorios

    Leer artículo completo →

  • Artículo 25

    Las palabras hombre, persona, niño, adulto y otras semejantes que en su sentido general se aplican a individuos de la

    Leer artículo completo →

  • Artículo 26

    Llámase infante o niño todo el que no ha cumplido siete años; impúber, el varón que no ha cumplido catorce

    Leer artículo completo →

  • Artículo 27

    Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. Así el nieto está en segundo

    Leer artículo completo →

  • Artículo 28

    Parentesco por consanguinidad es aquel que existe entre dos personas que descienden una de la otra o de un mismo

    Leer artículo completo →

  • Artículo 31

    Parentesco por afinidad es el que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de

    Leer artículo completo →

  • Artículo 33

    Tienen el estado civil de hijos respecto de una persona aquellos cuya filiación se encuentra determinada, de conformidad a las

    Leer artículo completo →

  • Artículo 37

    La filiación de los hijos puede no encontrarse determinada respecto de su padre, de su madre o de ambos.”.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 41

    Los hermanos pueden serlo por parte de padre y de madre, y se llaman entonces hermanos carnales; o sólo por

    Leer artículo completo →

  • Artículo 42

    En los casos en que la ley dispone que se oiga a los parientes de una persona, se entenderán comprendidos

    Leer artículo completo →

  • Artículo 43

    Son representantes legales de una persona el padre o la madre, el adoptante y su tutor o curador”.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 44

    La ley distingue tres especies de culpa o descuido. Culpa grave, negligencia grave, culpa lata, es la que consiste en

    Leer artículo completo →

  • Artículo 45

    Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto,

    Leer artículo completo →

  • Artículo 46

    Caución significa generalmente cualquiera obligación que se contrae para la seguridad de otra obligación propia o ajena. Son especies de

    Leer artículo completo →

  • Artículo 47

    Se dice presumirse el hecho que se deduce de ciertos antecedentes o circunstancias conocidas. Si estos antecedentes o circunstancias que

    Leer artículo completo →

  • Artículo 48

    Todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención en las leyes o en los decretos

    Leer artículo completo →

  • Artículo 49

    Cuando se dice que un acto debe ejecutarse en o dentro de cierto plazo, se entenderá que vale si se

    Leer artículo completo →

  • Artículo 50

    En los plazos que se señalaren en las leyes, o en los decretos del Presidente de la República, o de

    Leer artículo completo →

  • Artículo 51

    Las medidas de extensión, peso, duración y cualesquiera otras de que se haga mención en las leyes, o en los

    Leer artículo completo →

  • Artículo 52

    La derogación de las leyes podrá ser expresa o tácita. Es expresa, cuando la nueva ley dice expresamente que deroga

    Leer artículo completo →

  • Artículo 53

    La derogación tácita deja vigente en las leyes anteriores, aunque versen sobre la misma materia, todo aquello que no pugna

    Leer artículo completo →

  • Artículo 54

    Las personas son naturales o jurídicas. De la personalidad jurídica y de las reglas especiales relativas a ella se trata

    Leer artículo completo →

  • Artículo 55

    Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición. Divídense en

    Leer artículo completo →

  • Artículo 56

    Son chilenos los que la constitución del Estado declara tales. Los demás son extranjeros.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 57

    La ley no reconoce diferencias entre el chileno y el extranjero en cuanto a la adquisición y goce de los

    Leer artículo completo →

  • Artículo 58

    Las personas se dividen, además, en domiciliadas y transeúntes. 2. Del domicilio en cuanto depende de la residencia y del

    Leer artículo completo →

  • Artículo 59

    El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella. Divídese en político y

    Leer artículo completo →

Desplazamiento al inicio