Código Civil Artículo 1671Por ldirecta_admin1 / Abril 18, 2026 Actualizado: 5 Mayo 2026 Siempre que la cosa perece en poder del deudor, se presume que ha sido por hecho o por culpa suya. Ir 1 ... 1669 1670 1671 1672 1673 ... 2524 Final