Artículo 1667 del Código Civil
Texto del Art. 1667 CC en Chile
Si el concurso de las dos calidades se verifica solamente en una parte de la deuda, no hay lugar a la confusión, ni se extingue la deuda, sino en esa parte.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XVIII
- De la confusion
Fuente oficial BCN · LeyChile
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