Artículo 53 del Código Civil
Texto del Art. 53 CC en Chile
La derogación tácita deja vigente en las leyes anteriores, aunque versen sobre la misma materia, todo aquello que no pugna con las disposiciones de la nueva ley.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Título PRELIMINAR
- Enumeración
- § 6. Derogación de las leyes
Fuente oficial BCN · LeyChile
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