Código Civil Artículo 1818Por Equipo Ley Directa / Abril 18, 2026 Actualizado: 23 Junio 2026 La venta de cosa ajena, ratificada después por el dueño, confiere al comprador los derechos de tal desde la fecha de la venta. Ir 1 ... 1816 1817 1818 1819 1820 ... 2524 Final