Artículo 1695 del Código Civil
Texto del Art. 1695 CC en Chile
La ratificación tácita es la ejecución voluntaria de la obligación contratada.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XX
- De la nulidad y la rescision
Fuente oficial BCN · LeyChile
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