Código Civil Artículo 1785Por Equipo Ley Directa / Abril 18, 2026 Actualizado: 23 Junio 2026 Si sólo una parte de los herederos de la mujer renuncia, las porciones de los que renuncian acrecen a la porción del marido. Ir 1 ... 1783 1784 1785 1786 1787 ... 2524 Final