Artículo 1239 del Código Civil
Texto del Art. 1239 CC en Chile
Los efectos de la aceptación o repudiación de una herencia se retrotraen al momento en que ésta haya sido deferida.
Otro tanto se aplica a los legados de especies.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro TERCERO
- De la sucesion por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
- Título VII
- De la apertura de la sucesion y de su aceptacion, repudiacion e inventario
- Enumeración
- § 1. Reglas generales
Fuente oficial BCN · LeyChile
Ver artículo oficialArtículos cercanos
Índice del códigoIr al artículo
Ingresa el número para ir a un artículo de este código, o usa CC, CPC o CT para ir directamente a otro código.