Artículo 1763 del Código Civil
Texto del Art. 1763 CC en Chile
Cesando la causa de la administración extraordinaria de que hablan los Artículos precedentes, recobrará el marido sus facultades administrativas, previo decreto judicial.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXII
- De las convenciones matrimoniales y de la sociedad conyugal
- Enumeración
- § 4. De la administración extraordinaria de la sociedad conyugal
Fuente oficial BCN · LeyChile
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