Actualizado: 6 Mayo 2026
El Estado es dueño de todas las minas de oro, plata, cobre, azogue, estaño, piedras preciosas,
y demás substancias fósiles, no obstante el dominio de las corporaciones o de los particulares sobre la superficie de la tierra en cuyas entrañas estuvieren situadas.
Pero se concede a los particulares la facultad de catar y cavar en tierras de cualquier dominio para buscar las minas a que se refiere el precedente inciso, la de labrar y beneficiar dichas minas, y
la de disponer de ellas como dueños, con los requisitos y bajo las reglas que prescribe el Código de Minería.