Artículo 2163 del Código Civil
Texto del Art. 2163 CC en Chile
El mandato termina:
1.º Por el desempeño del negocio para que fue constituido;
2.º Por la expiración del término o por el evento de la condición prefijados para la terminación del mandato;
3.º Por la revocación del mandante;
4.º Por la renuncia del mandatario;
5.º Por la muerte del mandante o del mandatario;
6.º Por tener la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, el mandante o el mandatario;
7.º Por la interdicción del uno o del otro;
8.º Derogado. 9.º Por la cesación de las funciones del mandante, si el mandato ha sido dado en ejercicio de ellas.
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXIX
- Del mandato
- Enumeración
- § 4. De la terminación del mandato
Fuente oficial BCN · LeyChile
Ver artículo oficialArtículos cercanos
Índice del códigoIr al artículo
Ingresa el número para ir a un artículo de este código, o usa CC, CPC o CT para ir directamente a otro código.