Código Civil Artículo 474

Actualizado: 4 Mayo 2026

Podrán provocar este nombramiento las mismas personas que son admitidas a provocar la interdicción del demente.
Además, los acreedores del ausente tendrán derecho para pedir que se nombre curador a los bienes para responder a sus demandas.
Se comprende entre los ausentes al deudor que se oculta.

Desplazamiento al inicio