Artículo 509 del Código Civil
Texto del Art. 509 CC en Chile
Las causas antedichas de incapacidad, que sobrevengan durante el ejercicio de la tutela o curaduría, pondrán fin a ella.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro PRIMERO
- De las personas
- Título XXX
- De las incapacidades y excusas para la tutela o curaduria
- Enumeración
- § 1. De las incapacidades
- Enumeración
- VII. Reglas relativas a la incapacidad sobreviniente
Fuente oficial BCN · LeyChile
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