Código Civil Artículo 2257Por Equipo Ley Directa / Abril 18, 2026 Actualizado: 23 Junio 2026 Pronunciada y ejecutoriada dicha sentencia, debe el secuestre restituir el depósito al adjudicatario. Si el secuestro es judicial, se observará en esta parte lo dispuesto en el Código de Enjuiciamiento. Ir 1 ... 2255 2256 2257 2258 2259 ... 2524 Final