Artículo 1335 del Código Civil
Texto del Art. 1335 CC en Chile
El valor de tasación por peritos será la base sobre que procederá el partidor para la adjudicación de las especies; salvo que los coasignatarios hayan legítima y unánimemente convenido en otra, o en que se liciten las especies, en los casos previstos por la ley.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro TERCERO
- De la sucesion por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
- Título X
- De la particion de los bienes
Fuente oficial BCN · LeyChile
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