Código Civil Artículo 2249Por Equipo Ley Directa / Abril 18, 2026 Actualizado: 23 Junio 2026 El secuestro es el depósito de una cosa que se disputan dos o más individuos, en manos de otro que debe restituirla al que obtenga una decisión a su favor. El depositario se llama secuestre. Ir 1 ... 2247 2248 2249 2250 2251 ... 2524 Final