Artículo 1722 del Código Civil
Texto del Art. 1722 CC en Chile
Las escrituras que alteren o adicionen solemnidades prescritas en este título para las capitulaciones mismas.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXII
- De las convenciones matrimoniales y de la sociedad conyugal
- Enumeración
- § 1. Reglas generales
Fuente oficial BCN · LeyChile
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