Código Civil Artículo 2318
El ebrio es responsable del daño causado por su delito o cuasidelito.
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Explicación del artículo
Artículo 2318 del Código Civil: la ebriedad no excluye la responsabilidad por el daño
En simple
Una persona ebria sigue siendo responsable civilmente por el daño causado mediante un delito o cuasidelito. La intoxicación por alcohol no funciona, por sí sola, como excusa para evitar la obligación de reparar.
¿Qué significa el artículo 2318 del Código Civil?
La norma contiene una regla breve y directa: quien se encuentra ebrio responde por el daño causado por su delito o cuasidelito.
El artículo pertenece al Título de los delitos y cuasidelitos civiles. Su finalidad es impedir que la ebriedad sea utilizada como una razón automática para excluir la responsabilidad de reparar el daño.
¿Qué son el delito y el cuasidelito civil?
En esta materia, delito y cuasidelito se refieren a hechos ilícitos que causan daño y generan una obligación de indemnizar. La diferencia tradicional se relaciona con la intención o la negligencia, pero ambos pueden producir responsabilidad civil.
El artículo 2314 contiene la regla general: quien comete un delito o cuasidelito que causa daño a otro debe indemnizar, sin perjuicio de las consecuencias que puedan establecer otras leyes.
La ebriedad no elimina por sí sola el deber de indemnizar
El artículo 2318 evita una conclusión simple: que una persona no responda civilmente porque estaba bajo los efectos del alcohol cuando causó el daño.
Esto no significa que todos los casos se resuelvan sin prueba. Deben acreditarse los hechos, el daño, la relación causal y los demás elementos que correspondan al régimen de responsabilidad aplicable.
Responsabilidad civil y responsabilidad penal son materias distintas
El artículo 2318 regula responsabilidad civil, es decir, la obligación de reparar daños. No determina por sí solo la existencia de un delito penal ni la pena aplicable.
Un mismo hecho puede tener consecuencias civiles y penales, pero cada una se analiza conforme a sus propias normas y procedimientos.
¿Por qué la norma es tan breve?
El Código no desarrolla aquí un régimen completo de intoxicación. Se limita a fijar una consecuencia clara dentro de la responsabilidad extracontractual: la ebriedad no elimina la obligación de responder por el daño.
Las demás cuestiones, como la existencia de culpa o dolo, la cuantía del perjuicio y la causalidad, se resuelven con las reglas generales y la prueba del caso.
Ejemplo práctico
Una persona ebria conduce de manera negligente y daña el vehículo de un tercero. No puede liberarse de la obligación civil de reparar alegando simplemente que estaba ebria.
La víctima igualmente debe acreditar el daño y los demás presupuestos de la responsabilidad que correspondan al caso.
Ideas clave
- La ebriedad no excluye por sí sola la responsabilidad civil.
- La norma se refiere a daños causados por delito o cuasidelito civil.
- El objetivo es asegurar la reparación del perjuicio cuando se cumplen los requisitos legales.
- La responsabilidad civil debe distinguirse de la responsabilidad penal.
- Los hechos y la relación entre la conducta y el daño deben probarse.
Concordancias relevantes
- Artículo 2314 del Código Civilestablece la obligación general de indemnizar el daño causado por delito o cuasidelito.
- Artículo 2316 del Código Civilseñala quién está obligado a la indemnización y regula el provecho obtenido del dolo ajeno.
- Artículo 2317 del Código Civilregula la responsabilidad solidaria cuando intervienen dos o más personas.
- Artículo 2319 del Código Civilcontiene reglas sobre capacidad para cometer delito o cuasidelito civil.
- Artículo 2329 del Código Civilestablece la regla general de reparación del daño imputable a malicia o negligencia.
Preguntas frecuentes
¿Estar ebrio elimina la responsabilidad por un daño?
No. El artículo 2318 establece expresamente que el ebrio responde por el daño causado por su delito o cuasidelito.
¿El artículo 2318 se refiere a delitos penales?
Está ubicado en el régimen de responsabilidad civil. No reemplaza las normas penales ni decide por sí solo si existe responsabilidad criminal.
¿La víctima debe probar el daño?
Sí. La regla sobre ebriedad no elimina la necesidad de acreditar los elementos de la responsabilidad que correspondan al caso.