Código Civil Artículo 924Por Equipo Ley Directa / Abril 18, 2026 Actualizado: 23 Junio 2026 La posesión de los derechos inscritos se prueba por la inscripción y mientras ésta subsista, y con tal que haya durado un año completo, no es admisible ninguna prueba de posesión con que se pretenda impugnarla. Ir 1 ... 922 923 924 925 926 ... 2524 Final