Código Civil

  • Artículo 2100

    La sociedad se disuelve asimismo por su insolvencia, y por la extinción de la cosa o cosas que forman su

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2101

    Si cualquiera de los socios falta por su hecho o culpa a su promesa de poner en común las cosas

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2102

    Si un socio ha aportado la propiedad de una cosa, subsiste la sociedad aunque esta cosa perezca, a menos que

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2103

    Disuélvese asimismo la sociedad por la muerte de cualquiera de los socios, menos cuando por disposición de la ley o

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2104

    La estipulación de continuar la sociedad con los herederos del difunto se subentiende en las que se forman para el

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2105

    Los herederos del socio difunto que no hayan de entrar en sociedad con los sobrevivientes, no podrán reclamar sino lo

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2106

    Expira asimismo la sociedad por la incapacidad sobreviniente o la insolvencia de uno de los socios. Podrá, con todo, continuar

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2107

    La sociedad podrá expirar en cualquier tiempo por el consentimiento unánime de los socios.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2108

    La sociedad puede expirar también por la renuncia de uno de los socios. Sin embargo, cuando la sociedad se ha

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2109

    La renuncia de un socio no produce efecto alguno sino en virtud de su notificación a todos los otros. La

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2110

    No vale la renuncia que se hace de mala fe o intempestivamente.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2111

    Renuncia de mala fe el socio que lo hace por apropiarse una ganancia que debía pertenecer a la sociedad; en

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2112

    Renuncia intempestivamente el socio que lo hace cuando su separación es perjudicial a los intereses sociales. La sociedad continuará entonces

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2113

    Las disposiciones de los artículos precedentes comprenden al socio que de hecho se retira de la sociedad sin renuncia.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2114

    La disolución de la sociedad no podrá alegarse contra terceros sino en los casos siguientes: 1. Cuando la sociedad ha

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2115

    Disuelta la sociedad se procederá a la división de los objetos que componen su haber. Las reglas relativas a la

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2116

    El mandato es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2117

    El mandato puede ser gratuito o remunerado. La remuneración (llamada honorario) es determinada por convención de las partes, antes o

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2118

    se sujetan a las reglas del mandato, en lo que no tuvieren de contrario a ellas. 10. Del arrendamiento de

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2119

    El negocio que interesa al mandatario solo, es un mero consejo, que no produce obligación alguna. Pero si este consejo

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2120

    Si el negocio interesa juntamente al que hace el encargo y al que lo acepta, o a cualquiera de estos

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2121

    La simple recomendación de negocios ajenos no es, en general, mandato; el juez decidirá, según las circunstancias, si los términos

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2122

    El mandatario que ejecuta de buena fe un mandato nulo o que por una necesidad imperiosa sale de los límites

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2123

    El encargo que es objeto del mandato puede hacerse por escritura pública o privada, por cartas, verbalmente o de cualquier

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2124

    El contrato de mandato se reputa perfecto por la aceptación del mandatario. La aceptación puede ser expresa o tácita. Aceptación

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2125

    Las personas que por su profesión u oficio se encargan de negocios ajenos, están obligadas a declarar lo más pronto

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2126

    Puede haber uno o más mandantes, y uno o más mandatarios.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2127

    Si se constituyen dos o más mandatarios, y el mandante no ha dividido la gestión, podrán dividirla entre sí los

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2128

    Si se constituye mandatario a un menor adulto, los actos ejecutados por el mandatario serán válidos respecto de terceros en

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2129

    El mandatario responde hasta de la culpa leve en el cumplimiento de su encargo. Esta responsabilidad recae más estrictamente sobre

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2130

    Si el mandato comprende uno o más negocios especialmente determinados, se llama especial; si se da para todos los negocios

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2131

    El mandatario se ceñirá rigorosamente a los términos del mandato, fuera de los casos en que las leyes le autoricen

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2132

    El mandato no confiere naturalmente al mandatario más que el poder de efectuar los actos de administración; como son pagar

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2133

    Cuando se da al mandatario la facultad de obrar del modo que más conveniente le parezca, no por eso se

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2134

    La recta ejecución del mandato comprende no sólo la substancia del negocio encomendado, sino los medios por los cuales el

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2135

    El mandatario podrá delegar el encargo si no se le ha prohibido; pero no estando expresamente autorizado para hacerlo, responderá

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2136

    La delegación no autorizada o no ratificada expresa o tácitamente por el mandante no da derecho a terceros contra el

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2138

    El mandante podrá en todos casos ejercer contra el delegado las acciones del mandatario que le ha conferido el encargo.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2139

    En la inhabilidad del mandatario para donar no se comprenden naturalmente las ligeras gratificaciones que se acostumbra hacer a las

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2140

    La aceptación que expresa el mandatario de lo que se debe al mandante, no se mirará como aceptación de éste,

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2141

    La facultad de transigir no comprende la de comprometer, ni viceversa.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2142

    El poder especial para vender comprende la facultad de recibir el precio.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2143

    La facultad de hipotecar no comprende la de vender, ni viceversa.

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2144

    2. Forma y requisitos del contrato de venta

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2147

    En general, podrá el mandatario aprovecharse de las circunstancias para realizar su encargo con mayor beneficio o menor gravamen que

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2148

    Las facultades concedidas al mandatario se interpretarán con alguna más latitud, cuando no está en situación de poder consultar al

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2151

    Los contratos celebrados por el marido y la mujer de consuno o en que la mujer se obligue solidaria o

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2153

    Las especies metálicas que el mandatario tiene en su poder por cuenta del mandante, perecen para el mandatario aun por

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2154

    El mandatario que ha excedido los límites de su mandato, es sólo responsable al mandante; y no es responsable a

    Leer artículo completo →

  • Artículo 2155

    El mandatario es obligado a dar cuenta de su administración. Las partidas importantes de su cuenta serán documentadas si el

    Leer artículo completo →

Desplazamiento al inicio