Actualizado: 4 Mayo 2026
Podrán provocar la interdicción del demente las mismas personas que pueden provocar la del disipador.
Deberá provocarla el curador del menor a quien sobreviene la demencia durante la curaduría.
Pero si la locura fuere furiosa, o si el loco causare notable incomodidad a los habitantes, podrá también el procurador de ciudad o cualquiera del pueblo provocar la interdicción.
