Código de Procedimiento Civil Artículo 519

Actualizado: 27 Abril 2026

Se substanciará en la forma establecida para las tercerías de dominio la oposición que se funde en el derecho del comunero sobre la cosa embargada.

Se tramitará como incidente la reclamación del ejecutado para que se excluya del embargo alguno de los bienes a que se refiere el Artículo 445.

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