Artículo 1561 del Código Civil
Texto del Art. 1561 CC en Chile
Por generales que sean los términos de un contrato, sólo se aplicarán a la materia sobre que se ha contratado.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XIII
- De la interpretacion de los contratos
Fuente oficial BCN · LeyChile
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