Artículo 1218 del Código Civil
Texto del Art. 1218 CC en Chile
El haber sido pasado en silencio un legitimario deberá entenderse como una institución de heredero en su legítima.
Conservará además las donaciones revocables que el testador no hubiere revocado.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro TERCERO
- De la sucesion por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
- Título VI
- De la revocacion y reforma del testamento
- Enumeración
- § 2. De la reforma del testamento
Fuente oficial BCN · LeyChile
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