Código de Procedimiento Civil Artículo 814

Actualizado: 27 Abril 2026

Por la interposición de este recurso no se suspenderá la ejecución de la sentencia impugnada.

Podrá, sin embargo, el tribunal, en vista de las circunstancias, a petición del recurrente, y oído el fiscal judicial, ordenar que se suspenda la ejecución de la sentencia, siempre que aquél dé fianza bastante para satisfacer el valor de lo litigado y los perjuicios que se causen con la inejecución de la sentencia, para el caso de que el recurso sea desestimado.

Desplazamiento al inicio