Artículo 186 del Código del Trabajo
Texto del Art. 186 CT en Chile
Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro II
- De la proteccion a los trabajadores
- Título I
- Normas generales
Fuente oficial BCN · LeyChile
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