Actualizado: 27 Abril 2026
El perito que acepte el cargo deberá declararlo así, jurando desempeñarlo con fidelidad.
De esta declaración, que habrá de hacerse por escrito dentro de los tres días siguientes a la notificación, presencialmente o por vía remota mediante videoconferencia ante un ministro de fe del tribunal, se dejará testimonio en los autos a través del sistema de tramitación electrónica del Poder Judicial.
El perito encargado de practicar un reconocimiento deberá citar previamente a las partes para que concurran si quieren.