Artículo 377 del Código de Procedimiento Civil
Texto del Art. 377 CPC en Chile
Son aplicables a la prueba de tachas las disposiciones que reglamentan la prueba de la cuestión principal.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro Segundo
- Del juicio ordinario
- Título XI
- De los medios de prueba en particular
- Enumeración
- 3. De los testigos de las tachas
Fuente oficial BCN · LeyChile
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