Código Civil Artículo 87
Los poseedores provisorios representarán a la sucesión en las acciones y defensas contra terceros.
Los poseedores provisorios representarán a la sucesión en las acciones y defensas contra terceros.
Los poseedores provisorios podrán desde luego vender una parte de los muebles o todos ellos, si el juez lo creyere
Cada uno de los poseedores provisorios prestará caución de conservación y restitución, y hará suyos los respectivos frutos e intereses.
Si durante la posesión provisoria no reapareciere el desaparecido, o no se tuvieren noticias que motivaren la distribución de sus
Decretada la posesión definitiva, los propietarios y los fideicomisarios de bienes usufructuados o poseídos fiduciariamente por el desaparecido, los legatarios,
El que reclama un derecho para cuya existencia se suponga que el desaparecido ha muerto en la fecha de la
El decreto de posesión definitiva podrá rescindirse a favor del desaparecido si reapareciere, o de sus legitimarios habidos durante el
En la rescisión del decreto de posesión definitiva se observarán las reglas que siguen: 1ª. El desaparecido podrá pedir la
El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella. Divídese en político y
El domicilio político es relativo al territorio del Estado en general. El que lo tiene o adquiere es o se