Artículo 154 ter del Código del Trabajo
Texto del Art. 154 ter CT en Chile
El empleador deberá mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro I
- Del contrato individual de trabajo y de la capacitacion laboral
- Título III
- Del Reglamento Interno y la Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad
- Capítulo
- Capítulo I Del Reglamento Interno
Fuente oficial BCN · LeyChile
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