Código de Procedimiento Civil Artículo 713

Actualizado: 27 Abril 2026

El demandado podrá también deducir reconvención en la audiencia de contestación cuando el tribunal sea competente para conocer de ella y siempre que no esté sometida a un procedimiento especial y tenga por objeto enervar la acción deducida o esté íntimamente ligada con ella. En caso contrario no se admitirá a tramitación.

Es aplicable a la reconvención lo dispuesto en el Artículo anterior.

La reconvención se tramitará conjuntamente con la demanda.

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