Actualizado: 27 Abril 2026
Las excepciones dilatorias deben oponerse todas en un mismo escrito y dentro del término de emplazamiento fijado por los Artículos 258 a 260.
Si así no se hace, se podrán oponer en el progreso del juicio sólo por vía de alegación o defensa, y se estará a lo dispuesto en los Artículos 85 y 86.
Las excepciones 1a. y 3a. del Artículo 303 podrán oponerse en segunda instancia en forma de incidente.