Código Civil Artículo 330
Explicación, significado y artículos relacionados. Los alimentos no se deben sino en la parte en que los medios de subsistencia […]
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Los alimentos se deben desde la primera demanda, y se pagarán por mesadas anticipadas. No se podrá pedir la restitución
Los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos para toda la vida del alimentario, continuando las circunstancias que
El juez reglará la forma y cuantía en que hayan de prestarse los alimentos, y podrá disponer que se conviertan
El derecho de pedir alimentos no puede transmitirse por causa de muerte, ni venderse o cederse de modo alguno, ni
El que debe alimentos no puede oponer al demandante en compensación lo que el demandante le deba a él.
No obstante lo dispuesto en los dos Artículos precedentes, las pensiones alimenticias atrasadas podrán renunciarse o compensarse; y el derecho
Las disposiciones de este título no rigen respecto de las asignaciones alimenticias hechas voluntariamente en testamento o por donación entre
Las tutelas y las curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas a favor de aquellos que no pueden
Las disposiciones de este título y de los dos siguientes están sujetas a las modificaciones y excepciones que se expresarán