Código Civil Artículo 1982Por ldirecta_admin1 / Abril 18, 2026 Actualizado: 12 Mayo 2026 El colono cuidará de que no se usurpe ninguna parte del terreno arrendado, y será responsable de su omisión en avisar al arrendador, siempre que le hayan sido conocidos la extensión y linderos de la heredad. Ir 1 ... 1980 1981 1982 1983 1984 ... 2524 Final