Artículo 1887 del Código Civil
Texto del Art. 1887 CC en Chile
Pueden agregarse al contrato de venta cualesquiera otros pactos accesorios lícitos; y se regirán por las reglas generales de los contratos.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXIII
- De la compraventa
- Enumeración
- § 12. De otros pactos accesorios al contrato de venta
Fuente oficial BCN · LeyChile
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