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Art. 1581 CC Chile

Artículo 1581 del Código Civil

Texto del Art. 1581 CC en Chile

Código anotado

Ubicación del artículo

Libro CUARTO
De las obligaciones en general y de los contratos
Título XIV
De los modos de extinguirse las obligaciones, y primeramente de la solucion o pago efectivo
Enumeración
§ 3. A quién debe hacerse el pago

Fuente oficial BCN · LeyChile

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