Artículo 937 del Código Civil
Texto del Art. 937 CC en Chile
Ninguna prescripción se admitirá contra las obras que corrompan el aire y lo hagan conocidamente dañoso.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro SEGUNDO
- De los bienes, y de su dominio, posesion, uso y goce
- Título XIV
- De algunas acciones posesorias especiales
Fuente oficial BCN · LeyChile
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