Artículo 246 del Código del Trabajo
Texto del Art. 246 CT en Chile
Todas las elecciones de directorio, votaciones de censura y escrutinios de los mismos, deberán realizarse de manera simultánea en la forma que determinen los estatutos.
Si éstos nada dicen, se estará a las normas que determine la Dirección del Trabajo.
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