Artículo 90 del Código del Trabajo
Texto del Art. 90 CT en Chile
Las labores agrícolas de riego y aquellas que se realizan en épocas de siembra o cosecha, se entenderán incluidas dentro del número 2 del artículo 38.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro I
- Del contrato individual de trabajo y de la capacitacion laboral
- Título II
- De los contratos especiales
- Capítulo
- Capítulo II DEL CONTRATO DE TRABAJADORES AGRICOLAS
- Párrafo
- Párrafo 1º Normas Generales
Fuente oficial BCN · LeyChile
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