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Art. 876 CPC Chile

Artículo 876 del Código de Procedimiento Civil

Texto del Art. 876 CPC en Chile

Código anotado

Ubicación del artículo

Libro Cuarto
De los actos judiciales no contenciosos
Título VIII
De los procedimientos a que da lugar la sucesion por causa de muerte
Enumeración
2. De la guarda de los muebles y papeles de la sucesión

Fuente oficial BCN · LeyChile

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