Código de Procedimiento Civil Artículo 848Por ldirecta_admin1 / Abril 27, 2026 Actualizado: 27 Abril 2026 Se sacarán de los bienes del ausente las expensas de la litis, así como los fondos necesarios para dar cumplimiento a los fallos que se expidan en su contra y para cubrir los gastos que ocasione la curaduría. Ir 1 ... 846 847 848 849 850 ... 925 Final