Actualizado: 27 Abril 2026
En general, son trámites o diligencias esenciales en la segunda instancia de los juicios de mayor o de menor cuantía y en los juicios especiales:
1. El emplazamiento de las partes, hecho antes de que el superior conozca del recurso;
2. La agregación de los instrumentos presentados oportunamente por las partes, con citación o bajo el apercibimiento legal que corresponda respecto de aquélla contra la cual se presentan;
3. La citación para oír sentencia definitiva;
4. La fijación de la causa en tabla para su vista en los tribunales colegiados, en la forma establecida en el Artículo 163, y
5. Los indicados en los números 3, 4 y 6 del Artículo 795, en caso de haberse aplicado lo dispuesto en el Artículo 207.
