Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil
Texto del Art. 526 CPC en Chile
Si se han embargado o se embargan bienes no comprendidos en la tercería, seguirá sin restricción alguna respecto de ellos el procedimiento de apremio.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro Tercero
- De los juicios especiales
- Título I
- Del juicio ejecutivo en las obligaciones de dar
- Enumeración
- 3. De las tercerías
Fuente oficial BCN · LeyChile
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