Código del Trabajo Artículo 7

Actualizado: 5 Mayo 2026

Explicación, significado y artículos relacionados.

Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

¿Qué significa el artículo 7 del Código del Trabajo?

El artículo 7 del Código del Trabajo define el contrato individual de trabajo. En términos simples, existe este contrato cuando una persona presta servicios personales para otra bajo dependencia y subordinación, y recibe a cambio una remuneración determinada.

Esta norma es clave porque no basta con el nombre que las partes le den al acuerdo. Si en los hechos existe prestación personal de servicios, subordinación o dependencia, y pago de remuneración, puede configurarse una relación laboral.

Ideas clave del artículo 7

  • Define qué es el contrato individual de trabajo.
  • Exige prestación de servicios personales por parte del trabajador.
  • Requiere dependencia y subordinación respecto del empleador.
  • El empleador debe pagar una remuneración determinada.
  • Es una norma central para distinguir una relación laboral de otros contratos civiles o comerciales.

Importancia práctica

Este artículo es importante porque permite determinar cuándo existe una relación laboral. En la práctica, puede ser relevante aunque las partes hayan usado otro nombre, como prestación de servicios, honorarios o colaboración independiente.

Lo decisivo será revisar cómo se ejecuta realmente la relación: si hay órdenes, control, jornada, supervisión, integración a la organización y pago periódico, pueden existir indicios de subordinación y dependencia.

Ejemplo simple

Si una persona trabaja personalmente para una empresa, cumple instrucciones, está sujeta a control y recibe un pago por sus servicios, podría existir un contrato de trabajo conforme al artículo 7, aunque no se haya firmado un documento formal.

Concordancias relevantes

Este artículo se relaciona especialmente con el artículo 8 del Código del Trabajo, que establece una presunción de existencia de contrato de trabajo cuando hay prestación de servicios bajo dependencia y subordinación.

Artículos relacionados

También puedes revisar el artículo 8 del Código del Trabajo, sobre presunción de contrato de trabajo, el artículo 9 del Código del Trabajo, sobre escrituración del contrato, y el artículo 10 del Código del Trabajo, sobre estipulaciones mínimas del contrato de trabajo.

Desplazamiento al inicio