Artículo 605 del Código de Procedimiento Civil
Texto del Art. 605 CPC en Chile
Cuando la terminación del arrendamiento resulte de sentencia judicial, en los casos previstos por la ley, podrá adoptarse el procedimiento del Artículo anterior o el que corresponda para la ejecución de dicha sentencia, a elección de la parte a quien ella favorezca.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro Tercero
- De los juicios especiales
- Título VI
- De los juicios especiales del contrato de arrendamiento
- Enumeración
- 1. Del desahucio, del lanzamiento y de la retención
Fuente oficial BCN · LeyChile
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