Código de Procedimiento Civil Artículo 442Por ldirecta_admin1 / Abril 27, 2026 Actualizado: 27 Abril 2026 El tribunal denegará la ejecución cuando la acción ejecutiva se encuentre prescrita; salvo que se compruebe su subsistencia por alguno de los medios que sirven para deducir esta acción en conformidad al Artículo 434. Ir 1 ... 440 441 442 443 444 ... 925 Final