Código de Procedimiento Civil Artículo 425

Actualizado: 19 Mayo 2026

Explicación, significado y artículos relacionados.

Los tribunales apreciarán la fuerza probatoria del dictamen de peritos en conformidad a las reglas de la sana crítica.

¿Qué significa el artículo 425 del Código de Procedimiento Civil?

El artículo 425 del Código de Procedimiento Civil regula cómo debe valorar el tribunal el dictamen de peritos. En términos simples, señala que la fuerza probatoria del informe pericial debe apreciarse conforme a las reglas de la sana crítica.

Esto significa que el juez no está obligado a aceptar automáticamente lo que diga un perito, pero tampoco puede rechazarlo de manera arbitraria. Debe analizar el informe de forma razonada, considerando su contenido técnico, coherencia, fundamentos, relación con los demás antecedentes del juicio y reglas de la lógica, la experiencia y los conocimientos científicos o técnicos aplicables.

La norma es especialmente importante porque la prueba pericial se usa cuando el juicio requiere conocimientos especializados que el tribunal normalmente no posee, por ejemplo en materias contables, médicas, técnicas, constructivas, tasaciones, daños, deslindes, cálculos u otros asuntos que requieren conocimiento experto.

Ideas clave del artículo 425

  • Se refiere a la valoración del dictamen de peritos.
  • El informe pericial no obliga automáticamente al tribunal.
  • El juez debe valorar el informe conforme a las reglas de la sana crítica.
  • La sana crítica exige razonamiento lógico, fundado y no arbitrario.
  • El tribunal puede considerar el informe junto con los demás antecedentes del proceso.
  • La prueba pericial es especialmente relevante cuando se requieren conocimientos técnicos o científicos.

Importancia práctica

La importancia práctica del artículo 425 está en que regula el valor del informe pericial dentro del juicio. Un peritaje puede ser muy relevante, pero no funciona como una verdad automática que el juez deba aceptar sin análisis.

El tribunal debe revisar si el dictamen está bien fundado, si explica la metodología utilizada, si sus conclusiones son coherentes con los antecedentes del proceso y si responde realmente a los puntos sobre los cuales debía informar.

Por eso, un informe pericial puede tener mucha fuerza si está bien elaborado, es claro, técnico y consistente. En cambio, puede perder valor si es contradictorio, incompleto, carente de fundamentos o si no se relaciona adecuadamente con los hechos discutidos en el juicio.

Qué es un dictamen de peritos

El dictamen de peritos es el informe emitido por una o más personas con conocimientos especializados sobre una materia relevante para el juicio.

El perito no reemplaza al juez. Su función es aportar conocimiento técnico para ayudar al tribunal a comprender hechos o materias que requieren una explicación especializada.

Por ejemplo, en un juicio donde se discuten daños estructurales en un inmueble, puede ser necesario un informe técnico. En un juicio donde se discuten perjuicios económicos, puede ser relevante un informe contable. En una controversia sobre deslindes o tasación de bienes, también puede requerirse prueba pericial.

Qué significa valorar la prueba

Valorar la prueba significa determinar qué mérito o fuerza tiene un medio probatorio para acreditar un hecho dentro del juicio.

En el caso del artículo 425, el medio de prueba es el dictamen pericial. El tribunal debe decidir cuánto peso le dará a ese informe para formar su convicción sobre los hechos discutidos.

Esa valoración no puede ser caprichosa. Debe estar explicada y apoyada en razones comprensibles, especialmente cuando el informe pericial es importante para resolver el conflicto.

Qué es la sana crítica

La sana crítica es un sistema de valoración de la prueba que exige al juez razonar de manera lógica, fundada y controlable. No equivale a libertad absoluta ni a una apreciación puramente subjetiva.

En términos simples, valorar conforme a la sana crítica significa que el tribunal debe usar criterios racionales para aceptar, rechazar o dar determinado peso a una prueba. Esos criterios suelen relacionarse con la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos o técnicos aplicables al caso.

Por eso, cuando el tribunal aplica sana crítica, debe explicar por qué un informe pericial le parece convincente o por qué decide apartarse de él. La decisión debe poder entenderse desde un razonamiento jurídico y probatorio.

La sana crítica no es arbitrariedad

Un error frecuente es creer que la sana crítica permite al juez decidir simplemente según su impresión personal. Eso no es correcto.

La sana crítica exige libertad de apreciación, pero una libertad razonada. El juez puede valorar el informe pericial, compararlo con otros antecedentes y asignarle mayor o menor peso, pero debe hacerlo con fundamentos.

Si el tribunal acepta o descarta un peritaje sin explicar razones, o si lo hace contra la lógica, la experiencia o los antecedentes del proceso, la valoración puede ser cuestionada por falta de fundamentación o por razonamiento defectuoso, según el caso.

Elementos que puede considerar el tribunal

Al valorar un dictamen pericial conforme a la sana crítica, el tribunal puede considerar distintos aspectos, entre ellos:

  • la competencia o especialidad del perito;
  • la claridad del informe;
  • la metodología utilizada;
  • la coherencia interna del dictamen;
  • la relación entre las conclusiones y los antecedentes examinados;
  • la concordancia o contradicción con otras pruebas del proceso;
  • la existencia de fundamentos técnicos suficientes;
  • la respuesta a los puntos específicos sometidos al peritaje.

Estos elementos no son una lista cerrada, pero ayudan a entender cómo funciona la sana crítica en materia pericial.

Relación entre perito y juez

El perito aporta conocimiento técnico. El juez decide el conflicto.

Esto significa que el informe pericial puede orientar fuertemente al tribunal, pero no sustituye la función jurisdiccional. El juez debe valorar el informe y resolver conforme al mérito del proceso.

Por eso, aunque un peritaje sea importante, el tribunal puede apartarse de sus conclusiones si existen razones fundadas para hacerlo, especialmente si el informe presenta deficiencias o si otros antecedentes del juicio conducen a una conclusión distinta.

Ejemplo simple

Imaginemos un juicio en que se discuten daños en una construcción. Un perito emite un informe señalando que los daños se deben a defectos de ejecución. El tribunal no debe aceptar esa conclusión solo porque viene de un perito.

Debe revisar si el informe explica cómo se llegó a esa conclusión, qué antecedentes se revisaron, si la metodología es razonable, si las fotografías o documentos coinciden con lo informado y si existen otros informes o pruebas que confirmen o contradigan esa conclusión.

Si el informe es claro, técnico y coherente, puede tener alta fuerza probatoria. Si es incompleto o no explica sus fundamentos, el tribunal puede darle menor valor.

Diferencia con prueba tasada

En la prueba tasada, la ley determina previamente el valor de ciertos medios probatorios. En cambio, la sana crítica entrega al tribunal un margen mayor de apreciación, pero sujeto a reglas racionales.

Por eso, el artículo 425 es relevante: no dice que el informe pericial tenga siempre plena prueba ni que carezca de valor por sí mismo. Dice que su fuerza probatoria debe apreciarse conforme a la sana crítica.

El valor final dependerá de la calidad del informe, sus fundamentos y su relación con los demás antecedentes del proceso.

Qué pasa si hay varios informes periciales

Puede ocurrir que existan varios informes periciales y que sus conclusiones no coincidan. En ese caso, el tribunal debe valorar cada uno conforme a la sana crítica.

No necesariamente prevalece el informe más largo, el más reciente o el presentado por una parte determinada. Lo relevante será cuál resulta más fundado, coherente, técnico y compatible con el resto de la prueba.

El tribunal debe explicar por qué prefiere un informe sobre otro, especialmente si esa preferencia resulta determinante para resolver el juicio.

Por qué la sana crítica es importante para el debido proceso

La sana crítica permite controlar que la valoración de la prueba no sea arbitraria. Si el juez debe razonar y fundamentar su decisión, las partes pueden comprender por qué una prueba fue aceptada, descartada o considerada insuficiente.

Esto se relaciona con la necesidad de sentencias fundadas. En un juicio, no basta con que el tribunal decida; debe explicar las razones que sostienen su decisión, especialmente cuando valora pruebas técnicas.

De este modo, la sana crítica ayuda a equilibrar dos necesidades: permitir al juez apreciar la prueba con flexibilidad y, al mismo tiempo, exigir que esa apreciación sea racional, motivada y controlable.

Qué debe evitarse al entender la sana crítica

  • No debe confundirse con una opinión personal del juez sin fundamentos.
  • No significa que el tribunal pueda ignorar arbitrariamente un informe técnico.
  • No obliga al juez a aceptar automáticamente lo que diga el perito.
  • No permite valorar la prueba contra la lógica o los antecedentes del proceso.
  • No reemplaza la necesidad de explicar las razones de la decisión.

Relación con los artículos cercanos sobre peritos

El artículo 425 se ubica dentro de las normas del Código de Procedimiento Civil sobre prueba pericial. Por eso debe entenderse junto con las reglas que regulan el nombramiento de peritos, la emisión de sus informes, los incidentes derivados de su desempeño y la posibilidad de que existan dictámenes coincidentes o contradictorios.

En ese contexto, el artículo 425 cumple una función final: indicar cómo se valorará la fuerza probatoria del dictamen pericial una vez incorporado al proceso.

Artículos relacionados

También puedes revisar el artículo 409 del Código de Procedimiento Civil, sobre la procedencia del informe de peritos; el artículo 423 del Código de Procedimiento Civil, sobre dictámenes emitidos conjunta o separadamente; el artículo 424 del Código de Procedimiento Civil, sobre incidentes relativos al nombramiento y desempeño de peritos; y el artículo 426 del Código de Procedimiento Civil, sobre presunciones.

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