Artículo 258 del Código de Procedimiento Civil
Texto del Art. 258 CPC en Chile
El término de emplazamiento para contestar la demanda será de dieciocho días si el demandado es notificado en el territorio jurisdiccional del tribunal en que se haya presentado la demanda.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro Segundo
- Del juicio ordinario
- Título I
- De la demanda
Fuente oficial BCN · LeyChile
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