Artículo 2261 del Código Civil
Texto del Art. 2261 CC en Chile
Hay dolo en el que hace la apuesta, si sabe de cierto que se ha de verificar o se ha verificado el hecho de que se trata.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXXIII
- De los contratos aleatorios
- Enumeración
- § 1. Del juego y de la apuesta
Fuente oficial BCN · LeyChile
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