Código Civil Artículo 1894Por ldirecta_admin1 / Abril 18, 2026 Actualizado: 11 Mayo 2026 El vendedor no podrá pedir cosa alguna en razón de los deterioros que haya sufrido la cosa; excepto en cuanto el comprador se hubiere aprovechado de ellos. Ir 1 ... 1892 1893 1894 1895 1896 ... 2524 Final